El pasado 13 de Mayo se aprobaron las conclusiones de la comisión de investigación.
La Cámara Baja ha eximido de responsabilidad a los pilotos del avión de Spanair, siguiendo una estrategia que deja la puerta abierta para reclamar a Boeing.
Han tenido que pasar prácticamente 13 años, para que en el Congreso se aprobasen las conclusiones de una comisión de investigación sobre el trágico accidente de la desaparecida Spanair en el aeropuerto de Barajas, cuyo único objetivo ha sido allanar el terreno de cara a una hipotética reclamación al fabricante de aviones estadounidense Boeing.
Como suele ocurrir en estos casos, muy buenas intenciones, muy buenos modales, una puesta en escena solemne, y al final nada nuevo que se pueda a aportar a los familiares de las 154 víctimas mortales y a los 18 heridos de gravedad.
Los miembros de esta comisión han considerado responsables del siniestro a la que entonces era Ministra de Fomento, Magdalena Alvarez, al Director del Aeropuerto de Barajas en aquel año, al Director General de Aviación Civil, al Presidente de AENA y a diversos otros cargos, confirmando por primera vez que la «presión laboral» a la que estaban sometidos los dos pilotos de la aerolínea fue un factor coadyuvante para la ocurrencia del grave accidente.
De esta manera, se ha dado carpetazo a uno de los peores siniestros aéreos ocurridos en nuestro país, lavando el nombre de los profesionales que estaban a los mandos del MD-82 siniestrado, y dejando un resquicio pendiente por si las aseguradoras que intervinieron en este asunto optasen por intentar una reclamación a Boeing.
En relación a las claras, subjetivas y descaradas escasas indemnizaciones percibidas por los heridos y los familiares de las víctimas, quedan todavía muchas preguntas y demasiadas dudas a día de hoy.
La actuación de Mapfre
El 9 de Marzo comparecía ante la comisión de investigación ordenada por el Congreso de los Diputados, Francisco José Montiano Jorge, ex asesor jurídico de Mapfre ya desvinculado con la aseguradora desde Diciembre de 2019.
Sus declaraciones y respuestas justificaban la actuación de Mapfre en este asunto, compañía encargada de compensar económicamente los daños y perjuicios provocados por la aeronave de Spanair.
En boca de todos los representantes políticos se repitió una y otra vez la misma pregunta, que también nos llevamos haciendo muchos desde hace tiempo, en relación a utilizar el baremo destinado a indemnizar a las víctimas de un accidente de tráfico para valorar los daños de un siniestro de avión.
Montiano se refirió a las sentencias falladas por el Tribunal Supremo, que recomienda la utilización del baremo de daños correspondiente a las víctimas de accidentes de tráfico para indemnizar a los perjudicados por un accidente aéreo.
Sin embargo, es muy importante recordar que esta recomendación se hace única y exclusivamente A TITULO ORIENTATIVO, no vinculante.
La atrocidad es de tales dimensiones, que en su momento se llegó a ofertar en primera instancia a los familiares de un menor fallecido en el accidente, la cantidad de 4.000 euros, importe con el que apenas se pueden asumir los gastos del sepelio.
Como es obvio, existe un interés general para que esta situación no cambie, y por este mismo motivo no se ha considerado la aprobación de otro baremo de daños diferente para los casos de incidentes aéreos, ya que de esta manera se saldan a la baja siniestros tan graves como el de Spanair, o la tragedia ocurrida en el Monte Oiz en 1985.
Y no es precisamente porque una vida humana valga más si viaja dentro de la cabina de un avión, que si lo hace dentro de un vehículo, sino porque las pólizas que amparan ambos riesgos son diametralmente opuestas y tienen un precio muy desigual.
Spanair había pagado 3.9 millones de euros para contratar un seguro por valor de 1.500 millones de dólares, que era el requisito mínimo que se le exigía en base al número de aeronaves en flota y al tipo de rutas operadas.
Mapfre abonó 38 millones de euros en indemnizaciones, 16 de ellos a través de sentencias y otros 22 mediante acuerdos extrajudiciales, una cantidad que a todas luces parece excesivamente baja en relación al capital total asegurado (1.500 millones de dólares).
A pesar de que Montiano se empeñó en defender la diligencia y rapidez de Mapfre para compensar a los afectados, lo cierto es que la aseguradora acabó abonando otros 17 millones de euros a mayores en concepto de intereses por mora, un recargo que se aplica cuando se considera prescrita la fecha en la que debería de haberse producido el abono de la indemnización.
Haciendo la comparación correspondiente, el seguro a terceros obligatorio para un vehículo de gama media estaría en torno a los 300/400 euros anuales, y los familiares de las víctimas que viajasen en el interior del mismo en caso de accidente, cobrarían la misma cantidad que si lo hiciesen dentro de un avión, amparados por una póliza con una prima de casi 4 millones de euros.
Esta interesada interpretación legal no sigue el espíritu del Convenio de Montreal de 1999, ni la decisión tomada por la UE y reflejada en el Reglamento 7085, que recalcan el principio de «Pago Adelantado» para que las víctimas de un accidente aéreo puedan satisfacer sus necesidades económicas inmediatas.
La decisión tomada por la UE hace referencia a un primer nivel de responsabilidad objetiva por parte del transportista, que contemplaría un mínimo de 135.000 euros por pasajero afectado (100.000 DEG).
Esta cantidad debería ser abonado dentro de los 15 días posteriores a la identificación de la víctima.
Sobre este importe habría que sumar el correspondiente a un segundo nivel de responsabilidad basado en la culpa de la compañía, del que sólo podría eximirse en el caso de demostrar su inocencia.
Por ejemplo, en el caso de un atentado aéreo como el sufrido por Pan Am en el año 1998, después de confirmarse la implicación de Libia en el mismo y la ausencia de responsabilidad por parte de la aerolínea norteamericana, el país árabe depositó en 2003 un total de 1.100 millones de libras, que no sólo sirvieron para indemnizar a todos los perjudicados, sino que además fue suficiente para mantener hasta hoy un depósito de garantías con el fin de hacer frente a otras posibles reclamaciones.
Sólo tres años antes, en 1985, los familiares de las víctimas del accidente de Iberia en el Monte Oiz, cobraron una media de 3.5 millones de las antiguas pesetas, unos 21.000 euros actuales.
Además de esto, en la comparecencia de Montiano los miembros de la comisión le recordaron el texto del finiquito que Mapfre pasaba a firmar a los beneficiarios de la indemnización, por el que se comprometían a no volver a reclamar no sólo a la aseguradora, sino también al fabricante del avión, a sus proveedores, e incluso a la Administración.
Al firmar este documento, la aseguradora se encargaba de mantener en exclusiva la opción de intentar repercutir el importe abonado en indemnizaciones contra el fabricante de la aeronave, pero los perjudicados ya no podrían hacerlo.
Desde el año 2008 y hasta Marzo de 2013 en el que se devolvieron a España, se mantuvieron cientos de reclamaciones de perjudicados por el siniestro de Spanair presentadas en los EEUU.
La Ley en España estipula que no es posible presentar una reclamación civil si está pendiente de resolución un proceso penal, por lo que en nuestro país se tardó hasta 5 años en aceptar la primera demanda de un perjudicado por este accidente.
En definitiva, una comisión de investigación que ha determinado que la responsable de este asunto es una Ministra que muy probablemente estaba en su casa cuando ocurrió el accidente, igual que el resto de cargos señalados en las conclusiones del informe, pero que no ha llegado a enfrentar el verdadero problema, que es precisamente el calvario judicial cuasi eterno que tienen por delante las víctimas y sus familiares tras un accidente de avión.
Una póliza de seguro para un vehículo, con un límite de 70 millones de euros por siniestro y una tarifa de 300 euros, no puede equivaler a otra con un capital asegurado de 1.500 millones de dólares y un precio de casi 4 millones de euros.
Seguimos arrastrando el mismo problema desde hace décadas, y lo hacemos básicamente porque no hay el mayor interés por resolverlo.
Al final, ganan los de siempre y pierden los de siempre, como siempre…