¿Puedes librarte de una mesa electoral el próximo 23J si tienes un viaje programado?

El próximo 23 de Julio nos toca acudir a las urnas.

Sin embargo, la confirmación de Elecciones Generales a prácticamente un mes vista, en pleno Verano, puede romper los planes de vacaciones para muchas familias.

En un principio, esta convocatoria se había fijado para el mes de Diciembre, pero por razones y motivos que no nos corresponde estudiar en este post, la fecha se ha adelantado 5 meses.

Esta nueva cita implica que buena parte de los ciudadanos estarán disfrutando de sus merecidos días de descanso, situación que podría cambiar radicalmente de ser llamados para participar en alguna de las más de 60.000 meses electorales repartidas por todo el territorio nacional.

Como bien sabes, la ausencia o abandono injustificado de algún miembro de una mesa electoral, puede suponer la comisión de un delito castigado con penas de prisión de entre 3 meses a 1 año, o una sanción administrativa de 6 a 24 meses, según la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).

Por este motivo, estamos recibiendo un importante número de consultas de nuestros clientes, preguntando qué pasaría en el caso de ser designados como miembros de una mesa electoral y tener un viaje programado para la misma fecha.

Para aclarar este supuesto, debes de saber que la última palabra la tendrá siempre y en todo caso la Junta Electoral de Zona, que será la encargada de determinar si tu caso entra en alguna de las exenciones que figuran reflejadas en la ley.

elecciones españa 23 julio

El proceso de sorteo que establecerá quiénes tendrán que participar en una mesa electoral, se realiza entre el vigésimo quinto y vigésimo noveno día posteriores a la convocatoria de elecciones.

Posteriormente, y en un plazo aproximado de 3 días, los elegidos recibirán un correo certificado en el que se les informará de sus obligaciones y derechos.

A partir de ese instante, disponen de un plazo de 7 días para presentar las correspondientes alegaciones ante la Junta Electoral de Zona, que debería contestar en un máximo de 5 días hábiles.

Acompañando al correspondiente escrito de alegaciones, se deberán presentar todos los documentos acreditativos del viaje contratado, como facturas, bonos, justificantes de pago, billetes de avión, reserva de hoteles, paquetes turísticos, circuitos, viajes combinados, etc.

La ley establece 3 grupos bien diferenciados de causas por las cuales podrías liberarte de tu obligación de participar en una mesa electoral.

1) Causas Personales.

2) Causas Profesionales.

3) Causas Familiares.

Dentro de este último grupo, se especifica lo siguiente: «La concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. En estos casos, el interesado no solo deberá acreditar documentalmente la previsión de celebración del evento, sino también el carácter inaplazable del mismo, o los perjuicios económicos en caso de suspensión».

Para consultar el resto de causas de exención establecidas por ley, puedes pinchar en este link: Junta Electoral Central.

Como habrás observado, existe una importante subjetividad a la hora de determinar si un evento familiar es de especial relevancia, o no, o hasta qué punto se puede entender que es aplazable, o también hasta qué cantidades se puede considerar de gran perjuicio económico.

Tal y como indicamos al comienzo, será la Junta Electoral la que determinará si tu caso se ajusta a dicho epígrafe, o no.

En el hipotético caso de que la petición sea denegada (lo cual es bastante probable), deberás reclamar los gastos que correspondan a la cancelación del viaje a tu compañía de seguros, ya que la gran mayoría de pólizas cubren este supuesto.

Si no has contratado ningún tipo de seguro, el reembolso de las cantidades abonadas dependerá de las condiciones particulares de cada producto: billetes de avión, hoteles, actividades, traslados, etc.

Para tu información, también te confirmamos que si no tenías ningún seguro de cancelación formalizado y una vez que ya se ha hecho pública la convocatoria de elecciones, no puedes contratarlo ahora y apelar a esa cláusula en concreto de la póliza, en caso de ser llamado para participar en una mesa electoral.

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