Mientras la investigación judicial para aclarar lo ocurrido con la Vicepresidenta de Venezuela en Barajas sigue su curso, el pasado Miércoles se producía un hecho que en el momento de redactar este post sigue sin ser explicado por parte de las autoridades y organismos competentes.
En esta ocasión, se trata de un avión proveniente de Libia que tiene prohibido utilizar el espacio aéreo de la Unión Europea.
El incidente se ha conocido por casualidad, y después de que un aficionado subiese a las redes sociales una fotografía del aparato, perteneciente a la flota de la compañía aérea Libyan Wings.
Esta persona calificaba al avión como «exótico y extraño», desconociendo que la aerolínea de la que forma parte está incluida en la lista de compañías que tienen prohibido operar dentro de la UE.
El Departamento de Movilidad y Transporte de la Unión lleva publicando este listado desde el año 2006, y en el se reflejan todas las aerolíneas que no han sido consideradas aptas para sobrevolar territorio europeo.
Las razones para la prohibición radican en no cumplir con los estándares de mantenimiento y seguridad aérea vigentes en la UE, la utilización de aeronaves con un excesivo número de años de vida operativa, o deficiencias de diversa índole detectadas tras aterrizar en aeropuertos europeos.
En el caso concreto de Libia, la UE tiene vetado el acceso a su espacio aéreo a todas las compañías certificadas por las autoridades del país, entre las que se encuentra Libyan Wings.
Se da además la casualidad de que tres días antes, el Domingo 31 de Mayo, el mismo aparato volaba desde Misurata (Libia) hasta Estambul (Turquía), que es el mismo destino al que se dirigía la número 2 del régimen venezolano el pasado mes de Enero tras su paso por Madrid.
En esa misma fecha regresaba de nuevo desde Estambul a Misurata.
El Lunes día 1 de Junio operaba otro trayecto entre Misurata y Roma, que también completaba en la misma jordana, y el Miércoles día 3 volaba desde Misurata hasta Madrid.
El Airbus A319, con matrícula 5A-WLC, aterrizaba en Barajas alrededor de la una de la tarde, despegando nuevamente a las tres para regresar a Misurata.
Este avión perteneció originalmente a la flota de la compañía china Shenzhen Airlines, a la que llegó en el año 2006.
La única excepción que consiente la UE para permitir operaciones de aerolíneas vetadas, es que estas subcontraten sus servicios con otras que sí estén autorizadas, pero en ningún caso utilizando sus propios aparatos.
De hecho, varios aficionados a la aviación se dirigieron a AESA preguntando por qué se había autorizado el aterrizaje del avión libio.
En vez de poner un poco de luz sobre la situación, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea arrojaba más misterio sobre la misma, indicando que «ese vuelo no había sido autorizado».
Se sabe que dentro del aparato se encontraban algunos pasajeros, los cuales hacían uso de mascarillas sanitarias, pero en este momento se desconocen más datos sobre la naturaleza del vuelo.
Tal y como acabamos de comentar, aún en el hipotético caso de que se tratase de un vuelo de Estado, de repatriación, o de cualquier otra índole, en ningún caso podría haber sido operado utilizando los aviones de la flota de Libyan Wings, sino única y exclusivamente subcontratando los servicios de otras aerolíneas autorizadas por la UE.